LEGISLATURA: EL LEGISLADOR VILLEGAS DEJÓ LA PRESIDENCIA DEL COMITÉ CONTRA LA TORTURA

El Comité contra la tortura, Ley provincial Nº 857 mantuvo un encuentro en la delegación Río Grande del Poder Legislativo, donde brindó una memoria de la gestión que desarrolló en los dos últimos años y sesionó de manera ordinaria. Pablo Villegas anunció que se renovaron las autoridades del cuerpo colegiado y que aportará el conocimiento adquirido como consejero. “Tenemos cifradas esperanzas en que esta renovación de autoridades, va a implicar una mejora sustancial en el trabajo”, dijo.

El lugar de la presidencia será ocupado por la referente del Poder Judicial fueguino, Dra. Manuela Palacios Murphy y como vicepresidente asumirá el referente de las organizaciones de DDHH, José Piñeiro. La oportunidad coincidió con la presentación del “informe bianual” de las gestiones que llevó adelante el cuerpo de la que participó además la titular de la Comisión de Seguridad Nº 6, legisladora Natalia Gracianía (LLA) . El acto de asunción será el próximo 30 de octubre.

 

“Tengo cifradas esperanzas en que esta renovación de autoridades, va a implicar una mejora sustancial en el trabajo”, que es complejo y guarda relación con el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

 

Indicó que su labor al frente del Comité “ha sido muy gratificante” y admitió que le permitió conocer “la ejecución penal” desde una perspectiva más cercana y “me ha permitido mantener un contacto más filudo” con las personas privadas de su libertad. Asimismo, señaló que conocer situaciones particulares y complejas que se viven dentro del sistema penitenciario fueguino.

 

La actual conducción asumió el 8 de junio de 2022 luego de un acto que encabezó la Vicegobernadora de Tierra del Fuego, Mónica Urquiza. Fue quien tomó juramento a los integrantes del Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y que este año finalizan su gestión de acuerdo a lo que marca la Ley provincial.

 

El artículo N° 4 de la Ley provincial N° 857, definió la integración del cuerpo, a saber: Tres representantes de organizaciones de Derechos Humanos que demuestren experiencia y conocimiento del tema y que no se hayan desempeñado como funcionarios políticos en el curso de los últimos dos años; dos miembros del Poder Legislativo, uno del Poder Ejecutivo y otro del Poder Judicial. Todos los integrantes del Comité deben poseer una reconocida trayectoria en la promoción y protección de los Derechos Humanos. Duran dos años en sus funciones y podrán ser renovables.

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