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LA JUSTICIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO RECHAZÓ LA PETICIÓN DE FORJA PARA PERMITIR LAS LISTAS ESPEJOS EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES

La sentencia, firmada por la jueza Mariel Zanini, explica que “uno de los principios fundamentales del derecho electoral es la celebración de elecciones libres y auténticas, lo que implica garantizar la igualdad de participación tanto para votar como para ser votado.”
Esta decisión significa que los partidos que pretendan llevar las mismas candidaturas en diferentes boletas deberán formalizar una alianza electoral en lugar de utilizar la técnica de las listas colectoras.
Las listas espejo son una práctica política que permite a dos o más partidos políticos presentar la misma lista de candidatos en una elección para aumentar sus posibilidades de obtener votos. Sin embargo, la resolución objetada considera que estas listas pueden lesionar el estatus de los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático y busca garantizar la igualdad en la participación política.
De acuerdo a la resolución firmada por la Jueza Interina Mariel Zanini, se explica que:
Los apoderados de los partidos políticos Encuentro por la Democracia y la Equidad y de la Concertación Forja han interpuesto un recurso de reposición con apelación en subsidio contra la Sentencia Interlocutoria Nº 1135 emitida el 13 de febrero de 2023, según consta en los documentos. Los recurrentes argumentan que la decisión de no admitir las listas espejo «agravia» a sus partidos al impedirles presentar libremente a los candidatos que elijan para las diferentes categorías electorales, incluyendo aquellos acordados con otros partidos que presenten a las mismas personas para sumar los votos en su agrupación.
El apoderado del partido Somos Fueguinos, adhiere completamente a la sentencia, por su parte, el apoderado del partido Sur y del partido Crecer Fueguino también están de acuerdo con la resolución que no admite las listas espejo, considerando que ésta busca brindar transparencia y equidad al proceso electoral, salvaguardar el orden público y propiciar elecciones justas, auténticas y genuinas que garanticen la igualdad en la participación política. Los apoderados de ambos partidos coinciden en que las listas espejo lesionan el estatus de los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático.
El partido DE LA CIUDAD se suma a la lucha contra las listas espejo en las elecciones, según consta en el expediente judicial. El apoderado del partido expresa su total acuerdo con la sentencia que prohíbe esta práctica electoral, ya que considera que estas listas traicionan el proceso electoral y su papel como expresión de la soberanía popular.
Por otro lado, la apoderada del partido PRO-PROPUESTA REPUBLICANA solicita el rechazo del recurso interpuesto contra la sentencia, argumentando que se trata de meras discrepancias con la resolución sin demostrar cuál sería el error cometido y/o el perjuicio causado.
Finalmente, la apoderada del partido DEL TRABAJO Y LA EQUIDAD. También solicita que se desestime el recurso y se confirme la resolución que prohíbe las listas espejo, adhiriendo a los fundamentos allí expuestos. En su opinión, esta medida es necesaria para garantizar la transparencia y equidad del proceso electoral y asegurar la igualdad en la participación política.
Apoderados de tres partidos políticos presentaron sus argumentos en un juicio en el que se discute la admisibilidad de las llamadas listas espejo en el proceso electoral. El apoderado del partido DE LA CIUDAD expresó su acuerdo con la decisión de prohibir las listas espejo, considerando que éstas traicionan el proceso electoral como expresión de la soberanía popular. Por su parte, la apoderada del partido PRO-PROPUESTA REPUBLICANA solicitó el rechazo del recurso interpuesto, alegando que éste se basa en «meras discrepancias con la resolución» sin demostrar cuál sería el error en que el fallo habría incurrido. Finalmente, la apoderada del partido DEL TRABAJO Y LA EQUIDAD solicitó que se desestime el recurso y se confirme la resolución que no admite las listas espejo, adhiriendo a los fundamentos allí vertidos.
Resolución de la justicia electoral:
La petición de FORJA fue rechazada después de que el Juzgado Electoral le diera a los partidos políticos habilitados la oportunidad de presentar sus consideraciones sobre la cuestión. Los partidos SOMOS FUEGUINOS, SUR, CRECER FUEGUINO, DE LA CIUDAD, PRO-PROPUESTA REPUBLICANA y DEL TRABAJO Y LA EQUIDAD rechazaron el planteo presentado por FORJA y respaldaron los fundamentos de la resolución original del Juzgado Electoral.
La sentencia también explica que el mecanismo de sumatoria de votos de distintas boletas electorales que llevan a los mismos candidatos genera confusión e incertidumbre, lo que puede afectar la elección libre y genuina del electorado. La decisión judicial mencionó que en las elecciones de 2019, 17 boletas de distintos partidos políticos llevaron a sólo tres binomios para los estamentos de Gobernador y Vice.
FORJA tiene la posibilidad de apelar la decisión sin efectos suspensivos ante la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur.
En su recurso de reconsideración, los representantes de FORJA habían sostenido que no se puede impedir que una persona sea postulada por diferentes partidos y que sume los votos que obtenga por cada boleta que la postule. También argumentaron que la obligación de los partidos políticos que quieran oficializar candidaturas comunes de constituir alianzas carece de sustento legal y jurisprudencia en la provincia.

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