El Superior Tribunal de Justicia aprobó seis protocolos de actuación que permitirán incrementar y garantizar una prestación eficiente de la función judicial durante la extensión de la Feria Judicial Extraordinaria, sin descuidar las medidas tendientes a colaborar con la contención de la pandemia de COVID-19 y desalentar la circulación de personas.
Los protocolos regulan: “Protocolo de ingresos a los edificios del Poder Judicial”, “Seguridad e Higiene”, “Personal afectado al cumplimiento de tareas de manera presencial”, “Comunicación Electrónica y Trabajo remoto para el servicio esencial de Justicia”, “Audiencias” y “Transferencias de sumas de dinero bancarizadas por medios electrónicos”.
Con los protocolos se ampliaron las actuaciones habilitadas en el marco de la Feria Judicial Extraordinaria a fin de satisfacer entre otras, cuestiones de naturaleza alimentaria o vinculada a situaciones impostergables conforme al criterio del Superior Tribunal de Justicia y las propuestas efectuadas por los Magistrados y los Colegios de Abogados de ambos distritos.
Para la elaboración de herramientas tecnológica que permiten aumentar el servicio de justicia, el Superior Tribunal de Justicia contó con los aportes de los Magistrados y Funcionarios como así también de los Colegios de Abogados y la colaboración de la Dirección de Informática y Comunicaciones y de la Prosecretaría de Modernización.
En función de lo expuesto se resolvió establecer una modalidad de trabajo a puertas cerradas, con una dotación mínima de personal en cada Unidad Funcional establecida y el resto del personal afectado al desempeño de tareas laborales en el ámbito de sus domicilios para lo cual se autorizó el uso de las tecnologías disponibles. Esta modalidad implicará la concreción de audiencias mediante sistemas digitales, así como la incorporación de escritos por vía electrónica.
Por esta razón, el Superior Tribunal de Justicia estimó “pertinente dotar de validez a la totalidad de los procesos y tramites que se efectúen bajo los parámetros establecidos para el funcionamiento del Poder Judicial durante este periodo” y “habilitó la feria con el objeto de procurar el cobro de aquellas sumas dinerarias que fueran dadas en pago y/o depositadas a tal efecto en las actuaciones atinentes a alimentos, indemnización por despido, accidente de trabajo, accidentes de tránsito y honorarios profesionales de todos los procesos y en todos aquellos que así lo consideres procedente el juez, con los mecanismos establecidos en el protocolo respectivo”.
En otro protocolo elevó las acciones de las áreas de atención temprana, dado que “la demanda de sus servicios, usuarios y prácticas se engloban y abarcan las temáticas de urgencia delimitadas por ese tribunal, sobre todo en materia de violencias, género, familias, infancia y vulnerabilidad social”.
En su Resolución el STJ observó con especial atención “la situación de las mujeres afectadas por hechos de violencia doméstica, por lo que considera necesario continuar con las capacitaciones que se venían efectuando al personal judicial pero adoptándose herramientas tecnológicas apropiadas”.
Autoriza además a la Dirección Pericial a la conformación de un protocolo de actuación en materia de autopsias, que regirá en el periodo de emergencia sanitaria y encomienda a las Secretarias de Superintendencia y Administración, y de Gestión y Coordinación Administrativa y Jurisdiccional que se implemente un dispositivo de acompañamiento, seguimiento y contención del personal que necesite asistencia psicológica para afrontar esta emergencia sanitaria.