En fecha del 12 de Julio, el STJ de Tierra del Fuego contestó a la acción ordinaria del Partido Republicanos Unidos impugnando la decisión de las Juntas Electorales Provincial y Municipales.
La medida se relaciona con el escrutinio definitivo de los comicios celebrados el pasado 14 de mayo, en los cuales se anularon un total de 2.378 votos.
El apoderado del partido, Jorge Santiago Pauli, solicito que se ordene la preservación del material electoral y se revoque la decisión de la Junta Electoral, declarando la validez de los votos anulados.
En su presentación, el Partido Republicanos Unidos argumenta que la anulación de los votos afecta la composición de los cuerpos legislativos electos en Ushuaia y Río Grande.
Se menciona específicamente la relación de parentesco entre el juez Ernesto Adrián Loffler y una cuñada del magistrado que forma parte de otra lista.
Según el partido político, estos hechos de público conocimiento ponen en duda la imparcialidad del juez y justifican su recusación.
En respuesta a la recusación, el juez Loffler niega que existan causales regladas en el artículo 28.2 del CPCCLRyM y destaca que su excusación se basa en el artículo 41 del mismo código y en el Código de Ética Judicial Iberoamericano.
El juez busca evitar cualquier sospecha de parcialidad y asegura que no se verá afectado en su credibilidad pública. El Tribunal, tras considerar la recusación del juez Loffler, admite su apartamiento del caso.
El Tribunal considera admisible la excusación del juez Loffler y declara inadmisible la demanda presentada por el Partido Republicanos Unidos.
La resolución establece que no corresponde la competencia de este cuerpo, ya que la materia de debate es claramente escindible y no afectaría otras elecciones o decisiones de la junta electoral provincial. Además, se destaca que la presentación ante el Tribunal fue inidónea debido al error en la competencia y al uso de un acto procesal impugnativo incorrecto.
Sin embargo, declara la demanda presentada por el Partido Republicanos Unidos como inadmisible. El Tribunal argumenta que no tiene competencia sobre la materia debatida y señala que se utilizó un acto procesal impugnativo incorrecto, lo que afecta la viabilidad del caso.
Con esta resolución, el Partido Republicanos Unidos deberá afrontar un revés legal en su impugnación, quedando sin posibilidad de continuar el caso ante este Tribunal. La decisión del Superior Tribunal de Justicia pone fin a este proceso judicial, dejando vigente la anulación de los votos impugnados en las elecciones municipales de mayo.