Los jueces Alejandro Fernandez, Anibal Gerardo Acosta y Daniel Alejandro Sacks en un escrito de 14 páginas delimitaron el rechazo hacia la interpelación por parte de partidos políticos en Tierra del Fuego hacia la formación de listas espejo.
La sentencia firmada en un escrito de 14 páginas donde se enumeran todas las razones por la cual se rechaza el recurso de apelación presentado por los partidos políticos Encuentro por la Democracia y la Equidad y Partido de la Concertación Forja fue firmada hoy. Ambos partidos habían solicitado que se revoque una resolución emitida por el Juzgado Electoral que declaró la inadmisibilidad de las listas espejo como práctica electoral en las elecciones de este año.
Las «lista espejo» se refiere a una práctica común en las elecciones nacionales y provinciales donde un partido político o alianza presenta dos o más listas de candidatos para un mismo cargo electivo. Estas listas suelen tener el mismo nombre y logo del partido, pero con diferentes candidatos, y se presentan con el objetivo de dividir el voto de la oposición y garantizar que el partido en cuestión obtenga la mayoría de los votos en juego.
La lista espejo también se conoce como «lista espejo colectora» o «lista colectora».
El Juez Fernández ha declarado que los precedentes obligatorios para los jueces de la Provincia son los previstos en la Ley 110, y que en este caso no ha habido un pronunciamiento anterior del Superior Tribunal provincial sobre el tema en cuestión. Por lo tanto, ha afirmado que la postura adoptada por la colega de grado es la adecuada (La jueza interina Mariel Zanini), y que el recurso debe ser rechazado.
Los partidos políticos que presentaron el recurso alegaron que la magistrada de grado se había apartado del régimen legal aplicable, en una suerte de indebida asunción de potestades legislativas.
Sin embargo, el Juez Fernández ha resaltado que la legislación reguladora de los partidos políticos y las leyes electorales son de orden público, lo que determina el estricto cumplimiento de su letra, sin excepciones. Además, ha afirmado que el orden público es la institución en la que se vale el ordenamiento jurídico para defender y garantizar los intereses generales de la sociedad, de modo que siempre prevalezcan sobre los intereses particulares.
La práctica de listas espejo en las elecciones de este año no será permitida.